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En los reportajes de estos días, una joven gaditana acertó como nadie a definir la posición del Gobierno en la controvertida reforma de la Ley del Aborto. Dijo: “Cada uno puede hacer con su cuerpo lo que quiera”. Exactamente eso es lo que dice el Gobierno, unos con más prudencia científica y otros con más atrevimiento ignorante, como la ministra. Y aquella joven lo ha captado, el aborto, entiende ella, es un paso más en la libertad sexual. El lema sirve lo mismo, debe pensar la joven, para todas las reformas que emprende este gobierno, ahora el aborto como en la legislatura pasada, los derechos del movimiento gay.
Parece ser que la maestría de la política consiste justamente en eso, en la capacidad de transformar grandes debates en conceptos simples. La reforma del aborto lleva ese lema libertario, digamos, que ya se ha expuesto aquí otras veces, el grito que inspira el cambio: “nosotras parimos, nosotras decidimos”. Esa reclamación que pide “sacar el aborto del debate médico y del debate jurídico”. El círculo se cierra ahora, la reforma del aborto ya está en la sociedad sintetizada en un lema. A partir de ahora, será más fácil que el debate gire sobre dos polos, blanco o negro; aborto sí, aborto no; derecha o izquierda; libertad o cárcel y opresión.
Para quienes no quieran caer en eso, la recomendación es huir de ese terreno primario de los lemas. Y volver a la pregunta más incómoda, más cruel, de cualquier reforma sobre el aborto, ¿a partir de qué momento de la gestación debemos considerar el aborto un asesinato? Ya sé que para muchos, desde el mismo instante que existe un embrión, ya hay vida humana. Bien, de acuerdo, pero como estamos huyendo del todo o nada, del blanco o negro, parece lógico pensar que la respuesta a esa pregunta debe hacerse de acuerdo a los avances científicos y médicos de la época en la que se realiza. Como se ha apuntado otras veces, la mayor paradoja de este debate de ahora sobre el aborto es que el Código Civil español mantiene intacta la respuesta que se dio a esta pregunta hace doscientos años: Artículo 29: “El nacimiento determina la personalidad; pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazca con las condiciones que expresa el artículo siguiente”. Artículo 30: “Para los efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno”.
Cualquier reforma del aborto debería comenzar por este punto, el más incómodo, porque carece de sentido que, en la actualidad, un feto de seis meses no tenga la misma consideración legal que un recién nacido. Sinceramente, si un comité ético decide, en su día, un aborto en el sexto mes de embarazo por malformaciones en el feto bajo ese epígrafe genérico, “incompatibles con la vida”, qué diferencia tendría con una inyección letal a un recién nacido deforme o con parálisis cerebral. Y ahora haga usted el favor de volver otra vez la mirada a la reflexión de la joven del principio. “Cada uno puede hacer lo que quiera con su cuerpo”.
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