El Blog de Javier Caraballo

Javier Caraballo es periodista de EL MUNDO. Es redactor Jefe de Andalucía y autor, de lunes a viernes, de una columna de opinión, el Matacán, sobre la actualidad política y social. También participa en las tertulias nacionales de Onda Cero, "Herrera en la Onda" y "La Brújula".

16 febrero 2007

Estatuto andaluz. Dos artículos y pico


Los poderes del presidente

Todo un capítulo del nuevo Estatuto de Autonomía, el Capítulo III, está dedicado al presidente de la Junta de Andalucía. La redacción de este capítulo, como sucede en otros del texto reformado, incluye la llamada ‘corrección de género’, que consiste simplemente en añadir el femenino a los términos expresados en masculino/neutro.

Lo que ocurre, sin embargo, es que el empleo de la farragosa sucesión de masculinos y femeninos en todos los artículos parece que llega incluso a cansar al legislador, con lo que sólo lo emplea en algunas ocasiones. Al ser el Estatuto un texto jurídico, no parece, desde luego, que sea la mejor fórmula porque puede prestarse a equivocaciones. Por ejemplo, en este Capítulo se habla al principio de «presidente o presidenta», pero a continuación se afirma que será el encargado de nombrar «a los consejeros». ¿Y las consejeras? Lo mismo ocurre con los «vicepresidentes» y, más adelante, incluso con el propio presidente, ya que cuando se le asignan algunas funciones ya no se habla de «la presidenta».

En el contenido de este Capítulo, dos reseñas esenciales sobre sus funciones y una tercera que se omite. La primera de ellas es una obviedad que se olvida a menudo en la refriega autonómica que se vive en España: que el presidente de una autonomía tiene una doble representación, la de su comunidad y la ordinaria del Estado en esa región. La segunda es la competencia (que se incluye unos artículos más adelante, en el 127) del presidente de la Junta de Andalucía para disolver el Parlamento cuando lo estime oportuno. No existe limitación, ya que se señala que puede hacerlo bajo su exclusiva responsabilidad. Esta potestad sólo la tienen las llamadas comunidades históricas y las que, como Andalucía, se equipararon a ellas gracias al referéndum del 28 de Febrero.

La omisión es la limitación de mandato. Pese a las exigencias de algunos grupos políticos (entre ellos el PP, uno de los firmantes de este nuevo Estatuto) no existe limitación de mandato. Tampoco listas abiertas para los diputados. Y eso que esto último, como las elecciones primarias, sí se puede encontrar en diferentes momentos de su historia entre los compromisos del PSOE.







La politización de la Juticia

La reforma de los estatutos ofrecía la posibilidad de solucionar uno de los principales problemas de la Justicia española, la inexistencia de la segunda instancia penal, y, además, podía servir para prevenir otro de no menos calado, la territorialización de la Justicia y la politización de los tribunales superiores autonómicos. A la vista de los nuevos estatutos, como este título VI del Estatuto andaluz, no parece que vaya ser así. Al menos, no está garantizado.

¿Qué ocurre con la segunda instancia penal? En la actualidad, en España, tras la sentencia en primera instancia de las audiencias provinciales, sólo puede efectuarse un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Sin embargo, al tratarse la casación de un recurso limitado (no se pueden exigir nuevas pruebas), el recurso al Supremo no satisface la segunda instancia penal. De hecho, España ha sido condenada en varias ocasiones por organismos y tribunales internacionales.

Esta deficiencia del ordenamiento jurídico español podría suplirse con el establecimiento de este segundo recurso en los tribunales superiores autonómicos, manteniendo como hasta ahora el recurso de casación en el Tribunal Supremo. Sin embargo, parece que la ambición autonómica es que el recurso de casación, tal y como estaba, pase a depender de los tribunales autonómicos y que el Supremo se mantenga como órgano de unificación de doctrina. Es decir, se elimina de facto la autoridad superior del Tribunal Supremo. En definitiva, que los tribunales autonómicos se convertirían de hecho en la última instancia judicial, sin que tengan efecto cautelas constitucionales incluidas en el nuevo Estatuto.


Pese a todo, la última palabra no la tiene ni el Estatuto andaluz ni, sobre todo, el Estatuto de Cataluña; todo está pendiente de la nueva Ley orgánica del Poder Judicial y de la Ley de Enjuiciamiento criminal que aprobará el Congreso. Una vez más, todo se resolvería con un acuerdo entre PSOE y PP en estas dos leyes para frenar la ambición autonómica. Un acuerdo, entre los dos, de ahí la inquietud.





La palabrería estatutaria

Si Antonio Muñoz Molina se quejaba el otro día de la intensidad del periodismo declarativo en la prensa española (derivación milimétrica de la sustancia de la que está formada aquí la política), es que no se ha pasado por Andalucía en estos días de campaña del referéndum andaluz.

Se puede entender, como es lógico, que las campañas electorales tiendan al exceso verbal, pero es que en Andalucía, como tantas veces, también en esto se llega más lejos que en ningún otro lugar. Atendamos, por ejemplo, a lo que dijo ayer el líder andaluz de Izquierda Unida. Reproduzco íntegro el teletipo, con la petición expresa de que vayan memorizando la concatenación de dimes y diretes. Dice así la noticia: «El coordinador general de IU-CA, Diego Valderas, afirmó hoy que el secretario general del PSOE-A, Manuel Chaves, hace bien en decirle al presidente del PP-A, Javier Arenas, que pida entre sus votantes el ‘sí’ al nuevo texto andaluz para el 18 de febrero porque el llamamiento que puede hacer el periodista de la cadena Cope, Federico Jiménez Losantos, puede perjudicar al Estatuto andaluz». Ojo con esto. Valderas le dice a Chaves que le diga a Arenas lo que tiene que decirle a sus votantes, para que no atiendan a lo que diga el periodista de la Cope. Esto es periodismo declarativo y lo demás es nadería.

La culpa, claro está, no la tienen sólo esos políticos que se ganan el sueldo con tan poco. La culpa debe buscarse también en la prensa, que tendría que alejarse de tanta farfolla parlanchina, estéril y soporífera. Palabrería hueca que conduce al suicidio político del personal.


La única salvedad que se le puede encontrar a la reproducción de toda esta estulticia estatutaria es que se presente ante los electores como símbolo supremo del Estatuto que se quiere aprobar. En vez de observarlo con sopor, se debe mirar con la perplejidad del inmenso y costoso mecanismo de propaganda que ha puesto en funcionamiento la Junta de Andalucía, con el asentimiento de la mayor parte de la clase política para justificarse a sí misma.

Sólo hay que ver cómo se desenvuelve cada día de esta campaña de referéndum, la cantidad de asociaciones satélites que saca cada día a bailar el PSOE para alabar la grandeza del Estatuto. Asociaciones agrícolas, medioambientales, sociales, económicas. Todas aplauden. Es el peaje obligado para, luego, pasar la bandeja en los presupuestos.




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