Petición
La plataforma granadina «Hasta aquí hemos llegado» (qué nombre, qué hallazgo, que gran precedente; aquí un admirador) acaba de ganarle a la Junta de Andalucía un pulso judicial que nos devuelve a todos a lo más elemental de una democracia, la prevalencia del interés ciudadano en este magma político. O lo que es lo mismo, la desdibujada función de servicio público a la que se debe la clase política.
El ‘descubrimiento’ de esta plataforma es un artículo de la Constitución, el artículo 29, que incluye entre los derechos fundamentales de los españoles la posibilidad de dirigirse a una administración para plantearle una queja o una solicitud y que ésta le responda. Imagínense: Preguntarle a un presidente y que responda... Uff. Lo dicho, que cumplir la Constitución es la revolución pendiente en España.
En fin, que los vecinos, desolados como están por tanto desdén político con los botellones de insomnio y vomitona, se dirigieron a Chaves invocando aquel derecho, el Derecho de Petición. El presidente de la Junta sólo tenía que contestarles. Hubiera bastado una nota de cuatro líneas. Pero ni eso. Será que no se disponía, en tres meses, de asesores suficientes en Presidencia para contestarle a quienes tienen la mala costumbre de no conciliar el sueño cuando le colocan un timbal debajo de su balcón.
El presidente, además, ni siquiera tenía que darles la razón ni comprometerse a nada. Sólo contestar. Y aclararles cómo es posible que los miembros de su Gobierno no sepan qué son derechos fundamentales y qué no. Esas cosas que se dicen, tan a menudo, de que hay que conciliar «el derecho al descanso de los vecinos y el derecho al ocio de los jóvenes». Y no son la misma cosa, vamos a ver. Que no existe ningún tribunal que haya reconocido como derecho una botellona en la vía pública, como se pretende.
En esa colisión inventada de derechos sólo existe jurisprudencia en favor de un único derecho fundamental, el derecho al descanso. Existen reiteradas sentencias del Tribunal Supremo al respecto, pero bastaría con citar otra sentencia del propio Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de hace ya cinco años, en la que establecía, en favor de unos vecinos afectados por la movida, «que los derechos de los jóvenes a expresarse y reunirse encuentran sus límites en los derechos de los demás ciudadanos a la libre circulación, al descanso y a la propia vida». Chaves no estaba obligado a entrar en tanta jurisprudencia. Ni a marearse la cabeza. Sólo le pedían que contestara una carta. Y va a tener que hacerlo obligado por los tribunales de Justicia.
Hace treinta o cuarenta años, en las casas y en las escuelas se enseñaba como norma elemental de Urbanidad (aquella asignatura, ay) que contestar y atender a quien se dirige a nosotros correctamente era una de las reglas básicas de la buena educación. Al presidente Chaves, ya ven, es como si el tribunal lo hubiera mandado a repetir aquellos Parvulitos.
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