El Blog de Javier Caraballo

Javier Caraballo es periodista de EL MUNDO. Es redactor Jefe de Andalucía y autor, de lunes a viernes, de una columna de opinión, el Matacán, sobre la actualidad política y social. También participa en las tertulias nacionales de Onda Cero, "Herrera en la Onda" y "La Brújula".

04 abril 2012

Bocazas


La Cofradía del Despropósito cumplió ayer con la tradición de poner en libertad a un preso para aumentar la penitencia de las víctimas. Salió de prisión José Franco, ese que llaman 'el Boca', y no tardó ni tres segundos en echar por tierra toda la esperanza de Justicia que tenían los padres de Ana María Ruiz Cano, la pequeña que murió cruelmente asesinada hace 22 años. Dice el asesino que de nada tiene que arrepentirse ni pedir perdón porque no fue él quien cometió el crimen. Pero ya fue investigado y procesado y en un Estado de Derecho, que existen los recursos y una causa la enjuician distintos tribunales, la única verdad en un caso así es la verdad judicial.

Ya no es la culpabilidad lo que está en duda, sino la permisividad del sistema judicial español que permite la liberación de un condenado por un delito como éste. Sencillamente, no es posible explicarse que el 'delito' cometido por la madre de la pequeña asesinada, que es haber presentado el recurso contra la excarcelación del asesino con un mes de retraso, pueda tener más peso que el delito cometido por el Boca. Si se contempla el proceso judicial en su conjunto, es sencillamente inaceptable que un error formal determine la reducción de la condena a la mitad.

Pero es que, además, sin necesidad de entrar en debate alguno sobre los plazos y la doctrina Parot, lo que nadie podrá entender es que el sistema penitenciario español permita la excarcelación prematura de un preso que, no es que no pida perdón, es que ni siquiera reconoce los hechos por los que ha sido condenado. El fin constitucional de la cárcel en España es la reinserción de los delincuentes en la sociedad. Parece lógico pensar, por tanto, que los beneficios penitenciarios y las exenciones de condena sólo pueden aplicársele a aquellos delincuentes que, previamente a cualquier reducción de pena, demuestran arrepentimiento y, con ello, la posibilidad de que vuelvan a la sociedad sin riesgo alguno de que cometan otro delito. Si esta deducción puede aplicarse a los delincuentes comunes, con mucho más énfasis puede sostenerse en el caso de los autores de delitos sexuales, y más aún, a los de delitos sexuales con menores, cuyo comportamiento obedece a trastornos mentales que suelen ser incurables. ¿Cómo va a quedar libre antes de cumplir la mitad de la condena un asesino que ni se arrepiente ni pide perdón, y que, además, afirma que no se ha sometido a ningún tratamiento de rehabilitación porque no ha cometido ningún delito? Es el mandato constitucional el que se incumple cuando, como acaba de ocurrir, un delincuente sale a la calle sin garantía alguna de que pueda reinsertarse en la sociedad. El Boca hoy, en cualquier ciudad de España, es un elemento objetivo de alarma social. Porque 'el Boca', además de todo, no se calla. Bocazas. La cofradía del Despropósito lo ha liberado.

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